A mediados de enero de este año publiqué un artículo sobre el porte de armas de fuego por parte de los policías locales, cuando éstos se encuentran francos de servicio. Abordé el asunto tras recibir numerosos comentarios de compañeros de todas las fuerzas de seguridad. Cada uno tenía una visión diferente, llegando a decir alguno de ellos que los municipales no pueden llevar su arma de dotación estando fuera de servicio, porque ése es un honor y un derecho solamente otorgado a los integrantes de las fuerzas estatales, o sea, a los funcionarios de la Guardia Civil (GC) y del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).
Con los razonamientos jurídicos que pude esgrimir en aquel momento, argumenté que aquella tesis estaba plenamente viciada y errada, quedando plasmado en el siguiente artículo mi teoría sobre esta manida cuestión: http://tirodefensivocampodegibraltar.blogspot.com.es/2015/01/sobre-policias-locales-fuera-de.html
En un artículo fechado cuatro días antes al anteriormente enlazado, también comentaba que los agentes del CNP y de la GC no suelen disponer de armeros de seguridad para depositar sus armas en dependencias oficiales, una vez finalizadas sus jornadas de trabajo; motivo por el que es muy habitual verlos marchar a casa con sus pistolas. Este asunto, en ambas fuerzas, no se encuentra expresamente regulado, como sí sucede en muchos cuerpos locales. Se me antoja harto complicado, amén de económica y logísticamente poco viable, asignar armeros individuales a todos los policías nacionales y guardias civiles del país, de toditas todas las unidades, y además controlar eficazmente su uso diario. Por el contrario, es mucho más sencillo hacerlo con los cuerpos dependientes de las corporaciones locales, dado que aunque existen cerca de 2.000 fuerzas de esta naturaleza, los componentes humanos son infinitamente menores en comparación con los cuerpos entroncados en el Ministerio del Interior.
Más de una vez he referido que aunque no todos los cuerpos de Policía Local (PL) poseen armeros de seguridad reglamentariamente asignados a sus funcionarios, sí es verdad que la mayoría cuentan con ellos. En unos casos se cumplen normativas internas emanadas de los propios ayuntamientos; y en otros, los menos, se siguen los mandatos jerárquicos y administrativos autonómicos. Así las cosas, en numerosas conversaciones he sostenido que era más frecuente oír y leer noticias sobre la sustracción o pérdida de armas de fuego en cuerpos del Estado, que en el resto de estamentos policiales.
No obstante, esto puede pasar en todas partes, como de hecho ha ocurrido incluso en mi cuerpo, en el de la Policía Local de La Línea de la Concepción, donde aun teniendo asignados todos los policías un armero individual, algunos compañeros han dejado sus armas dentro de las taquillas sitas en los vestuarios. Aunque en muchas fuerzas y plantillas municipales esto es lo normal, ciertamente allí no tiene justificación, por más que aprecie y respete a los que fueron objeto del “pillaje amigo”.
Hace unos diez días conocimos la noticia de que a todos los funcionarios de la Comisaría del CNP de Ourense les están tomando las huellas digitales, como parte de la investigación iniciada al descubrirse que en dichas dependencias del Cuerpo han sido sustraídas nada menos que 6 pistolas. En fin, cosas que pasan…
OTRO ARTÍCULO RELACIONADO: http://tirodefensivocampodegibraltar.blogspot.com.es/2015/01/por-si-las-moscas-mejor-llevarla.html